Micelio
Auto3 de julio de 2002

A- de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Libardo Jose Garcia Lozano

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 2000 por ser incompatible con la Constitución Política, en relación con la tutela promovida por el ciudadano de la referencia.

En consecuencia, se declaró la nulidad del auto mediante el cual la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla aplicó el citado Decreto, así como de toda la actuación surtida con posterioridad al mismo ante los distintos despachos judiciales a los que fue remitido el expediente.

Se ordenó remitir el expediente al mencionado Tribunal para que realice la correspondiente actuación judicial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. INAPLICAR, en relacion con la accion de tutela promovida por el ciudadano Libardo Jose Garcia Lozano, el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. DECLARA LA NULIDAD del auto de 4 de abril del ano 2002, mediante el cual la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla aplico el Decreto 1382 de 2000 en su articulo 1o, numeral primero, asi como de toda la actuacion surtida con posterioridad al mismo ante los distintos despachos judiciales a los que fue remitido el expediente.
  3. Tercero. Ordenar que por Secretaria General, se envie el expediente al Tribunal Superior de Barranquilla, para que adelante la correspondiente actuacion judicial.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.